La cámara de Comercio de Pereira se une a “conciliaton” nacional
Es mejor la conciliación que el conflicto, por eso el Ministerio de Justicia y del Derecho y la Cámara de Comercio de Pereira invitan a los ciudadanos a la Conciliaton, un espacio para solucionar sus conflictos de diferentes índoles por medio del diálogo, buscando evitar las vías de hecho. Es una iniciativa donde se ofrecen servicios gratuitos de conciliación para personas de estratos 1, 2 y 3 y la fecha máxima para inscribirse es el 15 de octubre del 2020.
Se puede conciliar de forma virtual
Teniendo en cuenta las medidas de bioseguridad por la pandemia del COVID-19, los servicios de conciliación se prestarán por medios virtuales. Durante la jornada, los ciudadanos que tengan asuntos pendientes relacionados con familia, deudas, contratos y conflictos de convivencia, entre otros, podrán resolverlos mediante la conciliación y utilizando medios electrónicos para no salir de casa.
¿Cómo participar para solucionar mi conflicto?
Los interesados deben ingresar al portal web del Ministerio de Justicia y del Derecho www.minjusticia.gov.co/Conciliatón y en el link correspondiente a INSCRIPCIÓN DE CASOS diligenciar el formulario y enviarlo al correo electrónico conciliaton@minjusticia.gov.coservicios disponible para la jornada.
También pueden contactarse directamente con uno de los centros de conciliación o puntos de conciliación habilitados en su ciudad, que presten sus servicios por medios virtuales. Consulte en www.minjusticia.gov.co/Conciliaton la oferta de servicios disponible para la jornada.
¿Qué situaciones pueden requerir de conciliar?
* Fijación de cuotas alimentarias.
* Responsabilidad extracontractual en accidentes de tránsito sin lesiones personales.
* Préstamos o deudas no canceladas por concepto de ventas y pago de facturas, u obligaciones en general.
* Propiedad horizontal, particularmente cuotas de administración.
* Restitución de inmuebles arrendados.
* Liquidación de la sociedad conyugal y disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho.
* Conflictos de convivencia.
* Custodia de hijos y regulación de visitas.
* Asuntos laborales que puedan ser conciliables.
* Lesiones personales culposas.
* Accidentes de tránsito sin lesiones personales.
* Daño en bien ajeno.
* Injuria y calumnia, cuando no trascienda.
* Injuria y calumnia indirecta.
* Abuso de confianza.
Para mayor información puede contactarse a los correos electrónicos vpulido@camarapereira.org.co y gospina@camarapereira.org.co o al teléfono 3387800 extensiones 231 y 232.
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