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Procuraduría sancionó con suspensión a exasesores del Tribunal Administrativo de Risaralda

La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión por tres meses a los entonces asesores del Tribunal Administrativo de Risaralda, Francisco Javier Guerra Jaramillo y Juan Camilo Téllez Valencia (2015), por entorpecer acciones judiciales y ocultar expedientes.

Se demostró que los disciplinados no tramitaron dos demandas de reparación directa y una acción popular, ocultando su existencia por más de dos años y omitiendo informar que estos expedientes se encontraban extraviados.

Este comportamiento irregular de los exfuncionarios impidió adelantar el control de términos y la sustanciación de estos procesos que tampoco fueron incluidos en las estadísticas.

Entre la normas transgredidas el Ministerio Público citó el numeral 2 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, que establece que los funcionarios deben “cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o perturbación injustificada de un servicio esencial, o que implique abuso indebido del cargo o función”.

Asimismo, el numeral séptimo del artículo 35 de la misma norma que prohíbe “omitir, negar, retardar o entrabar el despacho de los asuntos a su cargo o la prestación del servicio a que está obligado” cualquier servidor público.

La Procuraduría Regional de Quindío calificó las faltas como graves a título de culpa gravísima.

En fallo de segunda instancia, el ente de control determinó que con este comportamiento se perturbó el servicio público esencial de la administración de justicia.

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